En muchas ocasiones adquirimos una embarcación auxiliar sin tomar en consideración cuál es la opción más recomendable en función de nuestra eslora y peso, el tipo de navegación y/o tripulación.
Como utilidades destacables, además de ofrecernos un extra de seguridad, especial mención merece el hecho de poder acercarnos a tierra cuando fondeamos en alguna playa o cala donde por falta de calado o limitaciones de la autoridad costera nos resultaría imposible desembarcar en la orilla. Además, en atención a la opción que escojamos, también podremos disfrutar de la práctica de diversos deportes náuticos.
Las opciones más habituales son las neumáticas o semirrígidas, embarcaciones rígidas, motos acuáticas, pequeños veleros tipo Optimist o Laser, además de piraguas e incluso simples tablas de surf , rígidas o hinchables, utilizadas a vela o con remos.
A la hora de elegir una opción u otra, en Island Yachts Broker recomendamos siempre tomar en consideración los siguientes aspectos:
Determinar el espacio con el que contamos a bordo para su estriba y las limitaciones que tenemos en lo que al peso se refiere al transportarla. Lo más frecuente es estribarla en la plataforma de baño con la ayuda de unos soportes específicos, sobre cubierta (dependiendo de la superficie disponible), en pescantes (para veleros) o, en el supuesto de grandes esloras, en un garaje para tal cometido.
¿Qué tipo escoger? Anexos rígidos (poco habituales y propios de yates clásicos); anexos de plástico inyectado (muy utilizados en la zona atlántica del norte de Europa donde resulta determinante el papel de las fuertes mareas); anexos plegables (los más habituales y que comúnmente conocemos como “neumáticas” son la mejor opción por su elevado nivel de seguridad, ligereza, facilidad de estriba, variedad –distintos tipos de suelo- y precio); anexos semirrígidos (presentan más resistencia que un modelo plegable, sin embargo, nos obliga a disponer de un lugar especifico para su estiba tal y como sucede con una rígida).
¿Y potencia? Dependerá siempre de la eslora y peso de la opción que escojamos y del uso que tengamos previsto darle.
¿Debemos matricular nuestra auxiliar? Únicamente aquellas que tengan una eslora superior a 4 metros o potencia superior a 8kW 10CV. Si nuestra auxiliar no supera los limites citados, ésta deberá llevar el mismo indicativo de matricula que la embarcación principal añadiendo al final la expresión “Aux” entre paréntesis. Si tenemos más de una auxiliar, utilizaremos números correlativos.
¿Todavía tenéis dudas? En caso de duda, lo más recomendable siempre es acudir a un profesional.
¿Estamos a vuestra disposición!
¡Hasta la próxima!
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